servicios capitulaciones matrimoniales
Si los futuros esposos tienen distinta vecindad civil por ej. un catalán ( o cualquier otra de las indicadas) y una leonesa , las Capitulaciones permiten determinar porque ley quieren que se rija su matrimonio.
Si por el derecho común ( Código Civil) o por el derecho catalán.
Si no otorgan capitulaciones se placara la ley del lugar donde fijen su residencia inmediata después del matrimonio y así si esta es Barcelona , se aplicará la ley catalana y el matrimonio estará sujeto al régimen de separación de bienes , si la fijan en León se aplicará el código civil y el régimen será el de la Sociedad de Gananciales.
Si los otorgantes están solteros y pretenden contraer matrimonio en menos de un año bastará con que acudan a su notario con el D.N.I./N.I.F. de ambos.
Si se trata de dos personas casadas que quieren cambiar el Régimen Económico que regía su matrimonio hasta entonces DNI de ambos, libro de familia.
